martes, 25 de octubre de 2011

Discurso de Daniel Cohn-Bendit en el Parlamento Europeo - WebIslam.com.flv


¡ QUIERO QUE ME DEVUELVAN MI DINERO ! (M. Thatcher )

 



 ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡   SI SOMOS UNOS ABSOLUTOS HIPOCRITAS   !!!!!!!!!

¡¡¡¡ LES PRESTAMOS DINERO PARA QUE NOS COMPREN ARMAS  !!!!!!



domingo, 16 de octubre de 2011

De eléctricas, trust y trilerías

 http://www.infonortedigital.com/portada/component/content/article/8706   


Viernes 14 de Octubre de 2011 00:00

Antonio Morales Méndez

antoniomoralesLo he escrito en muchas ocasiones y no puedo sustraerme a seguir haciéndolo: todo lo que gira en torno a las grandes eléctricas que operan en España huele a podrido. Huele a abuso desde una posición oligopólica y ventajista que somete a los ciudadanos encareciendo los recibos de la luz a su antojo y de manera organizada; somete a los gobiernos de turno que no se han atrevido nunca a ponerles el dogal, después de que en 1996 José María Aznar privatizara por cuatro perras a las eléctricas públicas españolas; somete a los partidos políticos a los que no dudan en financiar y en poner a personas claves de estas organizaciones en sus consejos de administración con suculentas dádivas para tenerlos a su servicio (Felipe González, Solbes, Aznar, Roca, Serra…); someten a los medios de comunicación empleando cantidades millonarias en campañas publicitarias para vendernos “actitudes azules” y sostenibilidad (Endesa-Enel) o “electricidad verde” (Iberdrola), y hasta la Justicia toma decisiones que cuestionan su independencia y su obligación de hacer cumplir la Ley a todos por igual (si todo no fuera tan opaco podríamos saber si algunos preclaros ex magistrados se sientan también en sus órganos de gobierno).
He hablado de ello en muchas ocasiones, pero no debo ni quiero dejar de seguir compartiendo con ustedes lo que sucede en este mundo de truts y oligopolios y las andanzas en los últimos meses de Unesa (la patronal del sector presidida por Eduardo Montes) y sus acólitos para doblegar al Estado, a sus instituciones y para estafar a los ciudadanos.
De todos es conocido que las energías renovables, la posibilidad de que se democratice la producción de electricidad y de que la generación distribuída y cercana se afiance y tome la realidad les produce urticaria. Por eso no dudan ni un segundo en atacarlas y en crear campañas de presión mediática y de contrainformación para hacerles el mayor daño posible. Y lo van consiguiendo poco a poco. De hecho, ya han conseguido un gran logro: han hecho desistir al gobierno socialista de seguir apostando por convertirnos en referencia mundial en energías limpias.
Por eso las duras campañas continuadas para denunciar las primas a las renovables que, como se ha demostrado en distintas ocasiones, son más baratas que las subvenciones otorgadas al carbón, a la nuclear, a la introducción del gas o a los ciclos combinados. Por eso en las últimas semanas no han cesado de atacar el Plan de Energías Renovables (PER) puesto en marcha por el ministro Sebastián. ¿Se acuerdan de aquellas campañas de denuncia a las fotovoltaicas por “fraude masivo” por las que se investigó a más de nueve mil instalaciones? Fue un escándalo nacional, agrandado por muchos medios de comunicación interesados en hacernos creer que las fotovoltaicas eran un bluf carísimo. Pues bien, quedó en agua de borrajas: se demostró fehacientemente que nada era cierto y el ministerio de Industria tuvo que devolver las primas al 95% de las plantas denunciadas. En el mes de junio pudimos comprobar además como la energía solar batía su propio record y producía el 5% de toda la generación eléctrica española.
Por eso la dura cruzada en la que se encuentran inmersos en estos momentos para, una vez conseguido que se recortaran las retribuciones a la fotovoltaica, hacer lo propio con la eólica. Y lo están logrando, vaya si lo están logrando. Por lo pronto la propuesta del Gobierno formula una rebaja del 40% sobre la asignación actual, una reducción importante en las horas de energía retribuida, lo que perjudica especialmente a Canarias que cuenta con más horas de rendimiento que cualquier otra comunidad, y desprecia la eólica marina, que camina a grandes pasos en Europa. Esto significa la pérdida de más de quince mil puestos de trabajo (la mitad del empleo en el sector) y miles de millones de euros de inversión.
Y, al tiempo que boicotean las renovables, presionan de nuevo desaforadamente al Gobierno para subir la tarifa eléctrica a los hogares y las industrias, escudados en esa subasta tramposa que ejecutan cada trimestre (trampean los datos de producción y de distribución y transporte cada vez de manera más sofisticada). Nos han subido la factura en más de un 50% en los últimos meses y pretendían en esta ocasión hacerlo en casi un 6% más. Nos salvó la campana de la precampaña electoral pero volverán a la carga pasadas las elecciones con muchísimas probabilidades de éxito ya que tanto el PP como el PSOE nos insisten en que el déficit es insoportable y Unesa -que ha recurrido al Supremo- mantiene que la congelación del recibo de la luz es “irracional” y que “los consumidores tienen que saber que si no es ahora, lo pagarán más adelante”. Más claro, agua y más cara (de jeta), imposible. Y eso que España es el tercer país de Europa que más paga por la electricidad y que las tarifas han subido es este país en un 80% desde 2004.
Afortunadamente el Gobierno nos alumbra un poquito de esperanza al pedirle a la CNE que investigue las subastas eléctricas ante la sospecha de que los precios en el mercado mayorista estén siendo manipulados. La decisión de la CNE de ponerse a ello –ya empezó a investigar los mecanismos de aumento de precio en las vísperas de las subastas en los mercados financieros OTC- coincide con la aprobación de un reglamento por el Parlamento Europeo que pretende cortar de raíz con el tráfico de información privilegiada y también con la apertura de un expediente a España por no aplicar las reglas sobre electricidad, gas y bancos y no integrar en su legislación una verdadera liberalización del mercado.
Por otra parte, la CNE no deja de evidenciar, desgraciadamente sin resultado alguno como señalan las asociaciones de consumidores, la “indefensión” de los clientes frente a las eléctricas y la falta de competencia en los mercados de luz y gas; la Seguridad Social denuncia ante la CNC y la CNE los obstáculos que le pone el oligopolio para suministrarse en el mercado libre y la CNC impone unas multas a Unión Fenosa y a HC por un total de 2,3 millones de euros por abuso de posición de dominio.
¿Les suena? Efectivamente, es otra multa más que se añade a la sanción de 61,2 millones de euros que la CNC aplicó, por pactar precios, a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC Energía, Eon y, por complicidad, a la propia Unesa, el pasado mes de mayo y que ¡paradójicamente! ha suspendido cautelarmente la Audiencia Nacional con el argumento de que se trata de “una suma suficientemente elevada como para apreciar perjuicios que justifiquen la suspensión de este punto”.
Sí, es así, no se pellizquen, no están soñando. Se suspende la sanción porque si la pagan ¡les puede perjudicar! Da verdadera rabia ver como la Justicia también se pliega. ¡Les puede producir daño pagar esta multa a unas empresas que solo en el primer semestre han ganado la friolera neta de 3.668,6 millones de euros (Iberdrola 1.563 millones (un 6,6% más); Endesa 1.283 millones (un 6% más); Gas Natural Fenosa 822 millones (un 3,6% más)…)! ¡Iberdrola no puede pagar una multa de 21,6 millones de euros por estafarnos a todos pero si pagarle a su presidente, Ignacio Sánchez Galán, por honorarios en este primer semestre, la friolera de 7,4 millones de euros y a su Consejo de Administración 14,8 millones, un 33,2% más que lo pagado en el mismo periodo el año pasado! Lo dicho: desde la mayor de las impunidades ¡cuanta trilería!
Alcalde de Agüimes








miércoles, 5 de octubre de 2011

HAY QUE JODERSE !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Muy Sres. nuestros,

En las liquidaciones provisionales realizadas por la Comisión Nacional de Energía (CNE) en el pasado mes de septiembre, correspondientes al mes de Junio de 2011 en su revisión m+3 y al mes de Agosto de 2011, y cuya factura se emitirá en este mes de Octubre 2011, la Comisión Nacional de Energía (CNE) ya ha procedido a aplicar la limitación relativa a las horas equivalentes de funcionamiento (HEF) con derecho a prima o prima equivalente dispuestas en el Real Decreto 1614/2010, de 7 de diciembre y en el Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre para las instalaciones de tecnología solar termoeléctrica y fotovoltaica.

La CNE ha utilizado para ello la información estructural adicional de las instalaciones, solicitada por la CNE el pasado mes de Abril de 2011 a través de los representantes, petición que les trasladamos en nuestro escrito del pasado 29/04/2011. La CNE ha tenido en consideración toda la información remitida por los representantes. Tras la finalización del plazo establecido del 30 de septiembre de 2011 para el envío de esta información de forma masiva, se recogerá la nueva información recibida en este segundo plazo y se aplicará en las siguientes liquidaciones.

En el supuesto de que la CNE no disponga de información de una instalación a la que sea de aplicación la limitación de horas equivalentes de funcionamiento o ésta sea incorrecta o incompleta, se aplicará provisionalmente a la instalación el número de horas equivalentes de referencia (HER) más desfavorable correspondiente a su tecnología y grupo normativo.

La limitación en la valoración de la prima correspondiente realizada a través del sistema de liquidaciones SICILIA de la CNE, se realizará con el procedimiento siguiente:
· Se calculará para cada instalación su número de horas equivalentes de funcionamiento, definidas como el cociente entre la producción neta anual en kWh y la potencia nominal de la instalación en kW.
· El mes en el que la acumulación de horas equivalentes de funcionamiento iguale o supere el número de horas equivalentes de referencia anual correspondientes a las características de la instalación será considerado como el mes límite de prima, siendo éste el mes en el que finalizará provisionalmente y a cuenta el derecho al cobro de la prima o prima equivalente en el año. En ese mes las instalaciones percibirán la liquidación correspondiente a la totalidad de la energía generada en ese mes.
· No se llevará a cabo liquidación provisional y a cuenta de prima o prima equivalente de la producción de los meses posteriores al mes límite de prima.
· El mes límite de prima podrá modificarse como consecuencia del
1. envío de nuevas medidas por parte del Encargado de Lectura en las liquidaciones m+3 y m+11 y/ó
2. por posteriores modificaciones documentadas en los datos estructurales de la instalación (potencia nominal de la instalación, en el código municipio INE de la instalación y/ó en su/s subtecnología/s y porcentajes asociados). Las modificaciones de mes límite de prima generarán las regularizaciones correspondientes.
· Cuando se realice la Liquidación del m+11 de diciembre de un año natural, se realizará la Liquidación Provisional Final Tercera, en la que se llevará a cabo la compensación o devolución de las cantidades percibidas por encima de las horas equivalentes de referencia en aquellas instalaciones afectadas por dicha limitación. En esta liquidación se determinará la hora hasta la cual las instalaciones contaban con derecho a percepción de prima equivalente y en función de la misma se procederá a la determinación de la liquidación exacta y a la regularización económica que proceda provisionalmente y a cuenta.
Como refleja el procedimiento de aplicación, las liquidaciones provisionales a lo largo del año quedarán valoradas en dos modalidades, hasta el mes en que una instalación iguale o supere el número de horas equivalentes recibirá la facturación de la energía total del mes valorada a tarifa regulada, y a partir del mes siguiente a ese mes limite, la instalación recibirá la facturación correspondiente a la energía valorada al precio del mercado más, en cada caso, los complementos a los que tenga derecho.

Como ya les informábamos en nuestra petición inicial de datos estructurales, para la determinación de la zona climática en la que se ubica cada instalación se considerará aquella que corresponda al código del Instituto Nacional de Estadística (Cód. INE) del municipio de la instalación. Para conocer la zona climática en la que se ubica su instalación disponen del enlace http://www.ine.es/daco/daco42/codmun/codmun11/11codmunmapa.htmy, también, del documento básico del Código Técnico de la Edificación, "DA DB-HE / 1 - Zonificación climática en función de la radiación solar global media diaria anua l" (disponible en http://www.codigotecnico.org/web/galerias/archivos/DA_zonas-climaticas-solar_V01.pdf).

El código INE consta de seis dígitos:
· 2 dígitos identifican la provincia.
· 3 dígitos identifican el municipio.
· 1 digito de control que obtenido mediante una regla de cálculo que evita la grabación de errores en el registro del código.
El digito de control no se incluye en el documento básico del Código Técnico de la Edificación.

Para cualquier aclaración, no duden en ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro numero de atención telefónica 902 12 13 24 ó bien mediante nuestra dirección de correo electrónico crc.regimenespecial@iberdrola.es

Reciban un cordial saludo,








Iberdrola Comercializacion Ultimo Recurso,S.A.

domingo, 2 de octubre de 2011

JUEGO DE TRILEROS

JUEGO DE TRILEROS

En España, el alto volumen de inversiones se sustentó sobre el principio fundamental que establecía que las revisiones de tarifas, primas e incentivos se aplicaran sin retroactividad sobre tarifas y primas ya establecidas, entre las que se encontraba la tarifa de la norma 661/2007. Es decir, los inversores, se creyeron que en España había seguridad jurídica, y que dicho principio se iba a cumplir

01.10.11 - 00:04
 
Como consecuencia de la derrota de Prusia en la guerra de los siete años, Federico II construyo el palacio de Sans-Souci que se encuentra en Postdam, cerca de Berlín. Durante la construcción no se tuvo en cuenta la existencia de un viejo molino y, cosas de la vida, la solución más ventajosa para el monarca y la idea arquitectónica que tenía en mente, no era otra que demoler el molino. Cuentan que el molinero, cuando le informaban de las intenciones del monarca, cogió presto su caballo y exclamó a voces: «Todavía hay jueces en Berlín». A fecha de hoy, la existencia de este palacio y en los aledaños un antiguo molino, suele ser ejemplo en el mundo jurídico de la victoria del Derecho sobre la prepotencia e injusticia que el poder, a veces, ejerce sobre súbditos y hoy administrados.
Esta anécdota viene a colación de lo ocurrido en España con las energías renovables, y la frustración que se vive en dicho mundo por la actuación española. Y así, el 25 de mayo de 2007 se promulgó el Real Decreto 661/2007 por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. En esencia, esta norma regula varios aspectos -entre ellos el económico- referente a la energía fotovoltaica. La intención de este Real Decreto no era otra que potenciar la inversión del sector privado en energías renovables, creando un marco económico y jurídico estable, duradero y atractivo. Para ello, y durante 25 años, las plantas fotovoltaicas tenían regulado y asegurado el precio de una tarifa por la energía que volcaban en el sistema, y el resto de años, hasta la vida útil de la planta, el 80% de dicha tarifa; y todo ello con las consiguientes actualizaciones del IPC. Este precio de tarifa era superior al precio del mercado y establecía una rentabilidad de la inversión efectuada.
Y ciertamente, desde un punto de vista retrospectivo, la norma ha sido un éxito, ya que supuso una enorme inversión económica que creó infinidad de actividad en el sector y, a la postre, la construcción de un alto volumen de plantas fotovoltaicas. Este capital provenía tanto del ahorro y financiación interna española (pequeños y grandes inversores), como del exterior, donde grandes capitales económicos efectuaron ingentes inversiones en nuestro país en el sector energético, atraídos por el marco regulatorio español, y la seguridad jurídica que infundía nuestra legislación. En definitiva, el Real Decreto 661/2007 establecía una rentabilidad razonable a aquellas personas que invirtieran su dinero en energías renovables. Este era el negocio, y la dificultad estaba en superar el trámite administrativo -complicado y arduo- y obtener la financiación o aportaciones de capital necesario para realizar la construcción y puesta en marcha de las instalaciones.
Dadas las características del Real Decreto 661/2007, se permitió la diversificación inversora, de tal forma que un alto volumen de capital provenía de pequeños y medianos inversores, que mayoritariamente solicitaron un préstamo para financiar su negocio fotovoltaico, poniendo como garantía los bienes con los que contaban (casas, empresas, vehículos, etc.). Y los bancos y entidades financieras, atendiendo a la seguridad jurídica que transmitía la legislación española, y que garantizaba unos ingresos fijos, otorgaron los flujos de capital necesarios para el desarrollo de los proyectos empresariales. Otros tipos de inversores mayoritarios fueron los grandes fondos de capital extranjeros, los cuales desarrollaron sus estrategias económicas diversificando parte de sus activos en el sector fotovoltaico español. Y ciertamente todos contaban con un mínimo común denominador: la seguridad jurídica de que el beneficio de su rentabilidad estaba en un Real Decreto del Reino de España, ya que los precios estaban regulados por no ser competitiva todavía la obtención de las energías fotovoltaicas. Por eso, se estableció una tarifa superior al precio de mercado o pull.
La anterior regulación cambió cuando el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio aprobó, el 19 de noviembre de 2010, el Real Decreto 1565/2010. Esta norma en su artículo 1, apartado 10º, modifica sustancialmente la rentabilidad que obtienen las plantas fotovoltaicas por la venta de energía a los mercados, ya que las instalaciones fotovoltaicas a partir del año 26 de su instalación ya no podrán cobrar el precio establecido por el Real Decreto 661/2007, que era el 80% de la tarifa, debiendo vender los productores fotovoltaicos a partir de dicha fecha la energía al denominado «precio del pull», es decir, al precio de mercado.
Un mes después -el 24 de diciembre del 2010- se dictó el Real Decreto Ley 14/2010, en virtud del cual en su Disposición Adicional Primera y Transitoria Segunda se establecía una nueva modificación económica sustancial que también afectaba a los ingresos de las plantas fotovoltaicas. Esta nueva modificación viene a consistir en una limitación de horas de sol por territorios, cuya energía obtenida estuviera acogida al régimen económico del Decreto 661/2007. Por poner un ejemplo, hasta el 31 de diciembre de 2013 -en instalaciones fijas- habrá 1.250 horas sometidas a las tarifas establecidas, y el resto se deberán vender al precio pull o de mercado. En Extremadura de media se obtienen 1.600 horas de radiación solar en instalaciones fijas, y en Galicia -como es lógico- la radiación solar es muy inferior. Con esta regulación se producen dos situaciones injustas, a saber: a los productores fotovoltaicos se les quita a partir de 1.250 horas el precio de la tarifa retribuyéndoles con el precio inferior de mercado, lo que supone una pérdida de ingresos en torno al 30% anual, y además, se crea una ficción jurídica de tal forma que es lo mismo tener una planta solar en Extremadura que en Galicia, ya que la radiación solar es igual para todos -1.250-, cuando la realidad es justamente la contraria, como bien sabemos en Extremadura.
Como a nadie se nos escapa, a la hora de proyectar una inversión, aquel que la realiza toma en consideración una serie de valores, y muy especialmente los ingresos estimados, así como la seguridad jurídica que se le ofrezca. Por estas cuestiones, no era lo mismo invertir en España que en Afganistán. En España, el alto volumen de inversiones se sustentó sobre este principio fundamental, recogido en nuestra legislación en el artículo 40.3 del Real Decreto 436/2004, de 12 de Marzo que establecía que las revisiones de tarifas, primas e incentivos se aplicaran sin retroactividad sobre tarifas y primas ya establecidas, entre las que se encontraba la tarifa de la norma 661/2007. Es decir, la gente, las personas, en definitiva, los inversores, se creyeron que en España había seguridad jurídica, y que dicho principio se iba a cumplir.
Pues bien, como el Real Decreto-Ley 14/2010 supone un recorte de ingresos para el sector -al limitar la radiación solar- la propia norma ha establecido un mecanismo indemnizatorio, que no es otro que volver a poner en vigor durante 3 años, luego ampliado a 5 por la Ley de Economía Sostenible, la tarifa regulada del Real Decreto 661/2007 y ello a partir del año 25 hasta el 30 de la instalación de las plantas fotovoltaicas. Es decir, el estado paga el daño producido hoy con una supuesta indemnización a cobrar dentro de aproximadamente 23 años. Y decimos supuesta indemnización, ya que en esencia, lo que la norma hace es indemnizar con algo que ya tenían los productores fotovoltaicos -el 80% de la tarifa a partir del año 25-. Es decir, la tarifa que establecía a partir del año 25 el Real Decreto 661 /2007, desaparece unilateralmente por el Decreto 1565/2010 y un mes después se vuelve a reactivar, pero en lugar de derecho económico, como concepto indemnizatorio a pagar por el Estado por el daño producido por la modificación del marco regulatorio. Los pagos empezaran a efectuarse allá por el año 2034.
Esta actuación, que desde la pura lógica jurídica y económica provoca el más absoluto rechazo, ya que con lo que le han quitado previamente a los productores fotovoltaicos se pretende compensar el daño producido a dicho sector, ha supuesto actualmente la interposición ante el Tribunal Supremo de un recurso contra el RD 1565/2010, dos recursos de inconstitucionalidad de Murcia y Valencia, y según las noticias publicadas en el periódico HOY de Extremadura, así como acciones ante Tribunales Arbitrales Internacionales por los fondos de inversión extranjeros en base al Tratado de la Carta de la Energía y los acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscritos por España. Y, por último, los cerca de 53.000 productores españoles de energía fotovoltaica, en los próximos meses presentarán miles de recursos ante la Audiencia Nacional, impugnando sus liquidaciones económicas en base a la nueva normativa y, además, exigirán responsabilidad patrimonial al Estado por los daños y perjuicios causados.
Como el lector puede comprender, la confianza legitima que habían depositados los inversores en nuestro sistema jurídico, se ha quebrado y, seguramente, costará mucho tiempo y esfuerzo recobrarla, extremo imposible de conseguir si los jueces y tribunales de España, como la historia del molinero con que empezábamos este artículo, no ponen coto a la prepotencia, arbitrariedad y a la Razón de Estado por encima del derecho establecido.
 
http://www.hoy.es/v/20111001/economia/juego-trileros-20111001.html

sábado, 1 de octubre de 2011

La prueva del algodon en la TUR


Blog, Javier García Breva


Pasados dos años desde la aplicación de la Tarifa de Último Recurso, por fin la CNE acaba de anunciar que dispone de elementos para investigar el carácter inflacionista de las subastas que, cada trimestre, fijan el precio del recibo de la luz.
El resultado de esas subastas desde 2009 es ”escandaloso” y siempre han elevado el precio de la luz reconociendo costes superiores a los reales con beneficios de más de 1.100 M€ que paga, como no, el consumidor.
El artículo “Lo que no sabes de tu factura eléctrica” de Jorge Morales de Labra, de obligada lectura, es revelador de un hecho que pese a ser conocido y afectar directamente a las subidas de la luz, ha necesitado dos años para que el regulador se decida a investigar.
Ha querido el azar que esta investigación coincida con el asalto que PEMEX y SACYR han iniciado sobre REPSOL y GAS NATURAL y sobre el que la CNE deberá pronunciarse; pero de momento, solo se conoce la opinión del Ministro de Industria que considera que esto no va con ellos, que es un lio entre empresas y entre ellas lo resolverán. Contrasta esta inhibición con la bronca que hay montada en Méjico donde la Constitución impide que empresas extranjeras entren en la gestión de sus recursos petrolíferos y ya han pedido la cabeza del Presidente de PEMEX.
Y mientras la CNE se define, Gobierno y oposición callan.
Es la prueba del algodón para la CNE. La Comisión Nacional de la Competencia en estos últimos años ha tenido la valentía de denunciar y multar la falta de competencia y la manipulación de precios en la distribución de la luz, el gas y los carburantes en perjuicio de los consumidores y en esa denuncia no ha contado con ningún apoyo, ni siquiera con el de la CNE.
Ahora toca ver de qué es capaz la CNE en la defensa de los intereses de los consumidores que pagan el recibo de la luz, inflado con las subastas de la CESUR y la conformación de precios del pool, y en la defensa de la seguridad de suministro.
En pocos años nuestro sistema energético ha perdido independencia y soberanía con el beneplácito de los gobiernos, de la mayoría de la clase política y de los reguladores. Endesa es del Gobierno de Italia, Hidrocantábrico de Portugal, Viesgo de Eon, el mes pasado CEPSA de Abu Dhabi, ahora Repsol es el objetivo de Méjico y a la espera quedan Gas Natural, afectada por lo que pase con Repsol, e Iberdrola con lo que quiera hacer de ella ACS.
Mientras tanto, la falta de transparencia y la falta de competencia, que ningún gobierno ni regulador ha querido corregir, garantizan la inexorable subida de precios y un mercado cautivo que es la base que permite este permanente bazar energético de operaciones corporativas y de compra venta de activos en que se ha convertido el sistema energético español.
Si a todo ello se añade el freno impuesto a las renovables, que son las únicas fuentes que no importamos, y garantizar así un mix basado en el carbón, el gas y la nuclear para los próximos diez años, tenemos todos los ingredientes para avanzar paso a paso hacia otra crisis en la que
semejante pérdida de independencia energética nacional convertirá la seguridad de suministro y los impactos del cambio climático en un gran problema económico y social.
Pero no solo es la prueba del algodón para la CNE sino también para los partidos políticos que aspiran a gobernar España, porque es el momento de conocer y saber lo que piensan y lo que van a hacer.